miércoles, 7 de octubre de 2009

Seguridad en el avión

El avión es el medio de transporte más seguro que existe. Estaréis hartos de escucharlo y es verdad. Para los cagos pensad una cosa ¿cuántos accidentes de coche ves en el telediario al día y cuántos de avión al mes? Está claro que si hay un accidente de avión es uno cada muuuchos años.

Y si os preocupa la segurida a bordo del avión, aquí os dejo una parrafada sacada de Ryanair.com de lo que no se puede llevar en cabina. Sólo diré que si viajáis en avión ¡cuidado con las catapultas!

¿Qué objetos están prohibidos en la cabina del avión?


No se permite que los pasajeros introduzcan los siguientes artículos en la zona restringida de seguridad ni en la cabina del avión: pistolas y armas, incluidas las de fuego; cualquier objeto capaz o que parezca capaz de disparar un proyectil o provocar lesiones, entre los que se incluyen: todas las armas de fuego (pistolas, revólveres, rifles, escopetas, etc.), réplicas o imitaciones de armas de fuego, piezas de armas de fuego (con la excepción de las miras y los dispositivos de visión telescópica), pistolas y rifles de aire comprimido y armas de balines. Pistolas de bengalas, pistolas de fogueo, pistolas de juguete de todo tipo, pistolas de cojinete de bolas, pistolas industriales de clavos o remaches, ballestas, catapultas y arpones, instrumentos para el sacrificio de animales, instrumentos que puedan provocar la pérdida de conciencia o aparatos que produzcan descargas eléctricas como picanas eléctricas, armas balísticas de energía (láser) o encendedores con forma de arma.

Armas blancas y objetos afilados: objetos con filo o cuchilla capaces de provocar daños, como hachas, flechas y dardos, crampones (pieza metálica de sujeción, gancho de hierro o suelas con clavos utilizadas en montañismo), arpones, hachas y punzones para el hielo, patines de hielo, navajas plegables o navajas automáticas independientemente de la longitud de la hoja; cuchillos, incluidos los cuchillos ceremoniales, con función religiosa o de caza fabricados en metal o cualquier material suficientemente resistente para poder ser utilizados como arma potencial; cuchillos de carnicero, machetes, hojas de afeitar (con la excepción de las hojas de seguridad o de un solo uso dentro de un cartucho), sables, espadas y puñales, escalpelos o bisturís, tijeras independientemente de la longitud de la hoja; bastones de esquí o senderismo, estrellas ninja y herramientas de bricolaje que, potencialmente, puedan utilizarse como un arma con punta u hoja, como brocas, piezas de brocas, cúteres, cuchillos de uso doméstico, sierras de todo tipo, destornilladores, palancas, martillos, alicates, llaves o llaves inglesas y sopletes.

Instrumentos romos: cualquier instrumento romo capaz de provocar daños, como bates de béisbol y softball; palos o bastones, rígidos o flexibles, como por ejemplo: porras, blackjacks (porra recubierta de piel con núcleo flexible), porras y bastones de policía, palos de críquet, golf, hockey, hurley y lacrosse, palas de kayac y canoa; monopatines, tacos de billar, snooker y billar americano, cañas de pescar y equipamiento de artes marciales, como puños de hierro, palos, porras, nunchakus, kubatons y kubasaunts.

Sustancias explosivas o inflamables: cualquier sustancia explosiva o altamente inflamable que suponga un riesgo para la salud de los pasajeros y la tripulación o la seguridad del avión u otros materiales, lo que incluye elementos como munición, detonadores de mecha, detonadores, explosivos y aparatos explosivos, réplicas o imitaciones de material o dispositivos explosivos, minas u otro material militar explosivo y granadas de todo tipo; gas y contenedores de gas, como butano, propano, acetileno y oxígeno, en grandes cantidades; fuegos artificiales, todo tipo de bengalas y otro material pirotécnico (incluidas las bombas de confeti y pistolas de fogueo), cerillas que no sean de seguridad, latas o cartuchos de humo y líquidos inflamables, como petróleo o gasolina, gasóleo, líquido de encendedor, alcohol, etanol, aerosoles de pintura, trementina y disolvente de pintura, y bebidas alcohólicas de una graduación superior al 70% del volumen (resistencia al 140%).

Sustancias químicas o tóxicas: cualquier sustancia química o tóxica que ponga en peligro la integridad de los pasajeros y la tripulación, o bien la seguridad del avión y los objetos que contiene, entre las que se incluyen: ácidos y alcalinos, como baterías "húmedas" que puedan derramar líquido; sustancias corrosivas o blanqueadoras, como mercurio, cloro o aerosoles paralizadores, por ejemplo, macis, aerosoles de pimienta o gas lacrimógeno; material radioactivo, como isótopos de uso médico o comercial; venenos; material infeccioso o que comporte riesgo biológico, como sangre infectada, bacterias y virus; material susceptible de ignición o combustión espontánea y extintores (excepto los autorizados por los protocolos antiincendios y los que pertenezcan al equipo de emergencia del avión).

Ningún equipaje, ya se haya facturado o no, puede contener pistolas, munición, armas de fuego y de otros tipos (incluidas las réplicas), pinturas, sorpresas explosivas de broma ("Christmas crackers") o artículos con motores de combustión interna tales como motosierras, aviones de aeromodelismo, segadoras de césped, etc.




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3 comentarios:

  1. Jajajaja, qué buenísimo!!! Entonces, no me puedo llevar a París mis estrellas ninja? xDDD

    PD.: Me ha llegado un correo de Ryanair, tenemos que verloooo

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  2. ¡Ah! Con respecto a la encuesta del blog, "gracias" mimimiiii

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  3. Eres la única Palomares,,, la gente me ha abandonado :(

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